viernes, 25 de marzo de 2016

INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO TERRITORIAL PARA OBTENCIÓN DE TARJETA CAF

INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO TERRITORIAL PARA OBTENCIÓN DE TARJETA CAF
(BOE Núm. 312 30 de diciembre de 2013 // BOE Núm. 307 20 de diciembre de 2014) Para figurar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, la empresa presentará ante la Oficina Gestora de Impuestos Especiales que corresponda:.
a) Una SOLICITUD DE ALTA, en la que conste:
- Nombre y apellidos o razón social
- Domicilio fiscal
- NIF del solicitante
- NIF del representante, en su caso, y documentación que acredite su representación.
- Lugar en que se encuentre situado el establecimiento donde ejerza su actividad.
- Acreditación del derecho a disponer de las instalaciones por cualquier título.

b) Una BREVE MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA ACTIVIDAD que se pretende desarrollar.

c) En su caso, la DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE SU CAPACITACIÓN con relación a los
productos objeto de este Impuesto (R.D. 795/2010 de 16 de junio).

d) Documento que indique de qué forma la empresa va a llevar el registro de existencias mediante
soporte informatizado (se detalla esta información al final de este documento).

Cualquier modificación ulterior en los datos consignados en la solicitud o que figuren en la documentación aportada deberá ser comunicada a la oficina gestora.
Una vez efectuada la inscripción, la oficina gestora entregará al interesado una tarjeta acreditativa de la inscripción en el registro, en la que constará el «Código de Actividad de los Gases Fluorados» (CAF) que deberá consignarse en las autoliquidaciones (Modelo 587) y declaraciones recapitulativas (Modelo 586) de operaciones presentadas, así como en las facturas en las que se documenten dichas operaciones.
El Código de Actividad de los Gases Fluorados (CAF) es el código que identifica la actividad de los obligados tributarios por este impuesto y, en su caso, el establecimiento donde se ejerce la misma.
- Cuando en un mismo establecimiento se ejerzan distintas actividades, aquel tendrá asignados
tantos códigos como actividades se desarrollen en el mismo.
- Asimismo, cuando una persona o entidad ejerza una misma actividad en varios establecimientos,
tendrá asignados tantos códigos como establecimientos en los que desempeñe la actividad.

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