viernes, 1 de abril de 2016

Negociaciones de las Naciones Unidas relativas al clima: Protocolo de Kioto — Segundo período de compromiso

Negociaciones de las Naciones Unidas relativas al clima: Protocolo de Kioto — Segundo período de compromiso
SÍNTESIS DE:
SÍNTESIS
¿QUÉ HACE ESTA DECISIÓN?
  • La presente Decisión recoge la aprobación formal del acuerdo alcanzado en la conferencia de Doha de diciembre de 2012 para establecer un segundo período de compromiso del Protocolo de Kioto. Este segundo período de compromiso transcurre entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2020.
PUNTOS CLAVE
  • Treinta y ocho partes, incluida la Unión Europea (UE), participan en la segunda fase y se comprometen a reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero al menos un 18 % por debajo de los niveles de 1990 durante el período 2013-2020.
  • La Unión Europea, los países de la UE e Islandia se han comprometido a lograr conjuntamente una reducción del 20 % en sus emisiones conjuntas de gases de efecto invernadero durante el período 2013-2020, en comparación con el nivel de 1990 o con el año de base elegido. El objetivo refleja el total de emisiones de gases de efecto invernadero permitido durante el período 2013-2020 dentro del paquete sobre clima y energía.
  • El compromiso conjunto del 20 % es compartido por la UE, los países de la UE e Islandia.
  • Ya se han adoptado las medidas necesarias para que la UE y sus países cumplan el compromiso de reducción a través del paquete sobre clima y energía para 2020.
¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DECISIÓN?
La Decisión entró en vigor el 7 de agosto de 2015. La Enmienda de Doha al Protocolo de Kioto todavía no ha entrado en vigor.
ANTECEDENTES
El Protocolo de Kioto era, hasta la Conferencia de París sobre el Clima de diciembre de 2015, el único acuerdo legalmente vinculante del mundo para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. Adoptado en diciembre de 1997, contiene los compromisos de las naciones industrializadas participantes de reducir, durante el primer período de compromiso (2008-2012), sus emisiones totales de seis gases de efecto invernadero (dióxido de carbono, metano, óxido nitroso, hidrofluorocarburos, perfluorocarburos y hexafluoruro de azufre) de media un 5 % en comparación con los niveles de 1990.
En la Conferencia de Doha sobre el Cambio Climático de diciembre de 2012, las Partes en el Protocolo de Kioto adoptaron la enmienda de Doha, por la que se establece un segundo período de compromiso del Protocolo de Kioto (2013-2020). La segunda fase del Protocolo de Kioto sirve de puente hacia un acuerdo global sobre el cambio climático para el período posterior a 2020.
Puesto que Islandia no es un país de la UE, los términos del cumplimiento conjunto relativos a su participación tuvieron que recogerse en un acuerdo internacional independiente [Decisión (UE) 2015/1340 del Consejo].
«Kioto: segundo período de compromiso (2013-2012)», en el sitio web de la Comisión Europea.
ACTO
Decisión (UE) 2015/1339 del Consejo, de 13 de julio de 2015, relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, de la enmienda de Doha al Protocolo de Kioto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y al cumplimiento conjunto de los compromisos contraídos con arreglo al mismo (DO L 207 de 4.8.2015, pp. 1-5)
ACTOS CONEXOS
Decisión 2002/358/CE del Consejo, de 25 de abril de 2002, relativa a la aprobación, en nombre de la Comunidad Europea, del Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y al cumplimiento conjunto de los compromisos contraídos con arreglo al mismo (DO L 130 de 15.5.2002, pp. 1-3)
Decisión (UE) 2015/1340 del Consejo, de 13 de julio de 2015 relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, e Islandia, por otra, sobre la participación de Islandia en el cumplimiento conjunto de los compromisos de la Unión Europea, sus Estados miembros e Islandia en el segundo período de compromiso del Protocolo de Kioto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (DO L 207 de 4.8.2015, pp. 15-16)

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