domingo, 6 de diciembre de 2015

RIESGOS LABORALES EN UN TALLER DE FRIO. TRABAJO DESTACADO DE UN ALUMNO



Unidad de Trabajo 1.- RIESGOS LABORALES Y GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL.CONOCIMIENTOS BÁSICOS.
TAREA 1º RIESGOS LABORALES EN TALLER
Esta tarde vas a realizar varias operaciones de mecanizado en el taller del instituto Hespérides en Cartagena. Entre ellos vas a realizar soldadura, corte con máquinas manuales, trabajos a tres metros cambiando pantallas de luz y pasando cables por el falso techo, etc…
Indique para cada operación de riesgo las medidas de seguridad personal que se debe tomar y su relación con los reales decretos pertinentes.

OPERACIÓN
RIESGO
MEDIDAS DE SEGURIDAD
LEGISLACIÓN
SOLDADURA
Quemadura (tanto en vestimenta, cuerpo, como ocular).
EPI adecuado: Guantes, Manguitos, mandil, perneras (todos de cuero), pantalla protectora con filtro óptico adecuado, botas de seguridad, apantallamiento (cabina adecuada) para terceros. Todo homologado.
El Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los  equipos de trabajo.
En ese real decreto y en la LPRL se establece la obligación del INSHT de desarrollar guías de buenas prácticas y normas aplicables a la seguridad en distintos ámbitos. En el caso de la soldadura eléctrica de arco es la NTP 494: Soldadura eléctrica al arco: normas de seguridad.
Y en soldadura oxiacetilénica: NTP 495: Soldadura oxiacetilénica y oxicorte: normas de seguridad

Así mismo, en cuanto a la cuestión eléctrica hay que estar a lo dispuesto en el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión en materia de seguridad.


Así mismo a lo dispuesto en el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, en lo que atañe a orden, limpieza, ventilación, señalización, etc.


Proyección de partículas
Incendios y explosiones
Control del entorno de la zona de soldadura:
Riguroso mantenimiento de equipos de soldadura con las inspecciones periódicas pertinentes si estuvieran prescritas, ubicación de botellas de combustible en lugar ventilado en recinto habilitado para ello en el exterior,
Intoxicación por gases
Empleo de sistemas de ventilación natural o forzada con extractores.
Mantener los filtros de los extractores, a ser posible que sean electrostáticos de fácil limpieza.
Señalizar la zona de soldadura y los riesgos (esto para todos los riesgos).
Riesgo eléctrico: Electrocución (soldadura eléctrica)
Asegurar bien la conexión de la masa y la toma de tierra de la instalación.
No hacer ningún trabajo de mantenimiento, sobre pinzas o cables bajo tensión.
No efectuar cambios de la intensidad de soldadura mientras se está soldando para evitar averías en circuitería.
Habilitar una zona/sujeción para el porta electrodos cuando no se está usando que mantenga la debida distancia de seguridad con la masa.
No soldar en zonas húmedas o mojadas.

CORTE CON MÁQUINAS MANUALES
Cortes y heridas en las manos u otras partes
Uso y comprobación del correcto estado de las pantallas protectoras de la máquina, seta de paro de emergencia, activación por doble mando.

El Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los  equipos de trabajo.
En ese real decreto y en la LPRL se establece la obligación del INSHT de desarrollar guías de buenas prácticas y normas aplicables a la seguridad en distintos ámbitos.
En el caso de máquinas manuales es el NTP 391: Herramientas manuales (I): condiciones generales de seguridad
Proyección de partículas o fragmentos.
Uso de gafas de protección mecánica.
Contactos térmicos
Uso de guantes, uso de gafas de protección.

Ruido y vibraciones
Uso de cascos auditivos,
Contactos eléctricos
Uso de guantes y botas de seguridad con aislamiento para trabajos eléctricos, mantenimiento periódico de maquinaria para comprobación de conexiones eléctricas.
TRABAJOS EN ALTURA

Caídas a distinto nivel
Al tratarse de trabajos a 3 metros, por encima de los 1,8m, se consideran trabajos en altura, para lo que habrá que emplear o bien escaleras con anclajes para el operario (doble anclaje/arnés), o bien montaje de andamiaje homologado, doble gancho, uso de arneses y línea de vida.
Uso de casco.

El Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura, y que modifica al anterior.
Caída de objetos a distinto nivel.
Uso de casco, orden y limpieza.
Carga física: Sobreesfuerzos y fatiga postural (al estar cambiando pantallas de luz en postura forzada)

TRABAJOS ELÉCTRICOS
Contacto eléctrico: Electrocución.
Trabajar sin tensión (anular la alimentación de las pantallas de luz a cambiar).
REAL DECRETO 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. BOE nº 148 21/06/2001

Otros trabajos que, aunque no se describen en el enunciado, pueden darse en el taller:  

Caídas al mismo nivel
Mantener el orden y limpieza en el taller. Evitar
RD

Caídas a la misma altura


Uso de herramientas manuales



Colocación de cargas
Choques y golpes


Uso de máquinas-herramientas fijas
Carga física: Sobreesfuerzos y fatiga postural



Atrapamientos o aplastamientos
manipulación de herramientas, materiales, cargas y objetos
pueden dar lugar a los siguientes riesgos:



No hay comentarios:

Publicar un comentario